Rafael Filizzola, en reunión con referentes partidarios de Asunción, se
refirió a la disposición judicial por la cual se decretó la prisión preventiva
de Paraguayo Cubas, en el penal de Emboscada, y de los concejales Celso Miranda
(Kelembu), Miguel Martínez y Daniel Miranda, en la Agrupación Especializada,
como consecuencia de las protestas públicas que han impulsado cuestionando a
autoridades locales de Alto Paraná y Ciudad del Este y al Gobierno central.
La medida también afecta a otros compatriotas como Jorge Luís Segovia y
Raimundo Luciano Ayala, que están con prisión domiciliaria, e incluso se ha
llegado al extremo de detener a un menor de edad que estuvo preso e
incomunicado en abierta y grosera violación a los derechos de los niños y
adolescentes, contemplados en la Constitución y las convenciones
internacionales de las que el Paraguay es signatario.
Los compatriotas mencionados están siendo objeto de una implacable
persecución política por haber ejercido sus derechos constitucionales a la
libre expresión (art. 26), a manifestarse (art. 32) y a peticionar a las
autoridades (art. 40).
Como represalia a las críticas al Gobierno, fiscales y jueces les han
procesado por tipos penales sumamente graves, que implican penas de hasta 10
años de cárcel y por las que ya ahora están cumpliendo prisión preventiva y
domiciliaria. Han justificado estas medidas por las pintatas que se han hecho
en estas protestas.
El Presidente del PDP rechazó tajantemente los fundamentos esgrimidos por
jueces y fiscales. Los daños producidos por una pintata en ningún caso pueden
constituir delitos de acción penal pública, en todo caso los afectados pueden
demandar en el fuero civil por daños a la propiedad y eventualmente iniciar una
querella. Queda claro que todo el despliegue
de las fuerzas de seguridad tiene el fin de perseguir, que se complementa con
la rapidez de fiscales y jueces que procesan y encarcelan a personas por el
solo hecho de protestar. La prisión preventiva está reservada para quienes
presuntamente cometen delitos sumamente graves y representan un peligro para la
sociedad. En este caso no se configuran
estas condiciones, por lo cual se viola el principio de la presunción de la
inocencia (Art. 17 inc. 1) y el derecho de defenderse en libertad.
Filizzola afirmó que en estas condiciones Cubas, Miranda y los demás
compatriotas son presos políticos, están privados de su libertad por manifestarse
en ejercicio de derechos constitucionales, por lo cual exigió la libertad de
los mismos y que el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados haga su trabajo y
procese a los jueces y fiscales responsables de estas flagrantes violaciones a
los principios más básicos del debido proceso.
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