lunes, 26 de diciembre de 2016

SOBRE EL VETO A LA LEY DE PRESUPUESTO, UN ATROPELLO MÁS A LA CONSTITUCIÓN



El veto presidencial a la Ley de Presupuesto, suma un capítulo más a las tantas acciones temerarias e inconstitucionales, que solo han tenido como consecuencia incrementar la crispación política, la inseguridad jurídica y la incertidumbre económica en nuestro país.

El Presupuesto General de Gastos es una de las funciones más relevantes del Poder Legislativo, en Paraguay y en todos los países democráticos del mundo. La facultad parlamentaria en materia de autorización de gastos se remonta a los albores del constitucionalismo y no ha sido cuestionada en siglos. Nuestra Constitución le concede expresamente esta facultad con carácter privativo al Congreso en su artículo 202 inc. 5.

Nuestra Constitución le dedica al PGN el artículo 216, que regulo un procedimiento especial para su aprobación, distinto al que se aplica a las demás leyes, y en el que no se incluye la facultad del veto al Poder Ejecutivo.

El artículo 217 por su parte establece los únicos dos casos en los que se puede mantener vigente el presupuesto aprobado para el año anterior:  cuando el Poder Ejecutivo no presente el proyecto en plazo o cuando el Congreso lo rechace.  No estamos ante ninguno de los supuestos.

La intención del Poder Ejecutivo es evidente, evitar el recorte de la deuda aprobado en el legislativo. Sin embargo, la ignorancia de lo dispuesto en la Constitución nos lleva a una crisis presupuestaria sin precedentes:

En primer lugar, porque el veto en sí mismo es inconstitucional.

En segundo lugar, al concluir este año fiscal, el país se queda sin presupuesto, al no haber ley aprobada ni reunirse los supuestos previstos en el artículo 217.

En tercer lugar, la aprobación de empréstitos es facultad exclusiva del Poder Legislativo (art. 202 inc. 10), por lo cual el endeudamiento requerido por el Ejecutivo se reduciría a 

Finalmente, el procedimiento para tratar el veto, si el Congreso no los rechaza por improcedente, requiere de un procedimiento que puede llevar varias semanas, por lo cual al menos en el mes de enero el país estaría sin ley presupuestaria vigente.

Más allá de todas estas consideraciones, la decisión del presidente Cartes coloca nuevamente al país en una situación de conflicto de poderes, una crisis permanente que solo puede traer más perjuicios a un país que padece de las desacertadas políticas económicas y sociales de este Gobierno.


En estas condiciones solo podemos esperar más desempleo, pobreza e inseguridad, y solo resta reclamar una respuesta contundente del Congreso en defensa de la Constitución.






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